13 de Septiembre de 2007
Opinión
Los
trastornos de la memoria y el razonamiento obligan a pensar cómo la familia y
los médicos pueden encararlos sin derivar en una confusa y hasta peligrosa
intromisión en los derechos de los ancianos.
Ricardo
Iacub PSICOLOGO ESPECIALISTA EN MEDIANA EDAD Y VEJEZ
Romina Rubín, MÉDICA GERIATRA.
La
creciente longevidad poblacional está produciendo nuevos desafíos y nuevas
problemáticas. Entre las que más perturban y resuenan en nuestra sociedad, están
aquellas ligadas a patologías que alteran las facultades intelectuales o
cognitivas, comprometiendo con ello uno de los valores más sensibles y
preciados de la actualidad, la autonomía.
Las preguntas que surgen devienen de una tensión fundamental, a nivel de la ética,
entre dos grandes valores: la autonomía o autodeterminación por un lado y la
protección o beneficencia por el otro. Los médicos estadounidenses J. Moye y
D. Marson se preguntan que deberíamos hacer cuando un adulto mayor, frágil,
vulnerable, demente o excéntrico, comienza a tomar decisiones que ponen en
riesgo a él mismo o a los otros. O decisiones que son inconsistentes con
los valores que mantuvo a lo largo de su vida (Journal of Gerontology,
2007). O quizá, también, qué deberíamos hacer, cuando una persona se
encuentra inconsciente, para seguir eligiendo lo más cercano a su deseo.
Resulta importante considerar que estas variantes no constituyen un destino que
sea exclusivo de los adultos mayores, y que tampoco la mayoría de esta población
se verá afectada por alguna de ellas. Sin embargo, debemos notar que una serie
de problemáticas cognitivas afectan a este grupo. Desde los trastornos que
comprometen en diversos grados a la memoria hasta los que inciden a nivel
del juicio y el razonamiento.
En este tránsito, tanto de diversas patologías como de estadíos de las
mismas, se compromete, en mayor o menor medida, la capacidad del sujeto de
poder hacer frente a las demandas de la realidad; o, en términos más
amplios, de tomar sus propias decisiones o incluso poder delegarlas.
Por esta razón resulta necesario delimitar criterios más claros que permitan
precisar los límites a la autonomía que producen estas patologías, para poder
dotar al sujeto, por el mayor tiempo posible, del máximo nivel de decisión, al
tiempo que poder protegerlo de aquello que lo excede.
La situación actual suele resolverse en ámbitos domésticos, sin contar
con una determinación formal, y generando una confusa y hasta peligrosa
intromisión en los derechos de los mayores. Por esta razón resulta cada
vez más necesario aclarar los marcos e injerencias del propio sujeto, la
familia, el profesional de la salud y de la Justicia.
En este ríspido terreno es cada día más importante que todos aquellos
diagnósticos que comprometan la capacidad legal de un sujeto tomen en
cuenta que más allá de las patologías existen momentos, grados o estadíos y
que resulta necesario siempre tener en cuenta el máximo de autonomía que
pueda alcanzar un sujeto.
En este sentido se publicó este año la investigación de Irastorza y col. (Revista
Neurológica, Vol. 44, Nº 6) donde se evaluó la competencia, considerada
en términos legales, acerca de la capacidad de tomar decisiones sobre uno mismo
en pacientes con demencia en estadíos iniciales.
En los primeros resultados se comprobó que los componentes de la competencia de
comprensión de la naturaleza y el efecto de elegir se mantienen intactos. Lo
cual nos permite dar cuenta de una serie de recursos que podríamos haberlos
desestimado de no contar con investigaciones atinadas y con un firme propósito
de aumentar el nivel de decisión de estos sujetos.
Dentro de esta particular gradación, así como en momentos donde el paciente
por razones de otro orden se encuentre imposibilitado de tomar decisiones,
resulta necesario pensar de qué modo se establece el principio de respeto
por el máximo de autonomía.
Uno de los argumentos utilizados a fin de tomar decisiones en estas situaciones
ha sido el que considera que las decisiones terapéuticas se basan en la calidad
de vida del paciente. Pero el argumento puede resultar arbitrario, injusto o
al menos corre el riesgo de ser erróneo, por la simple razón de desconocer
la perspectiva individual.
A lo largo de la evolución de algunas enfermedades es necesario tomar
decisiones de gran trascendencia que están relacionadas con algún
tratamiento, la hospitalización, la realización de estudios invasivos, hasta
la necesidad del empleo de medidas de soporte vital. Generalmente esto
sucede cuando la persona ya no es capaz de manifestar sus deseos.
Muchas de estas decisiones son previsibles, motivo por el cual la exploración
de los intereses del sujeto podrían partir de un proceso en la relación
profesional-paciente donde se conversen y expresen las preferencias respecto
de los cuidados que en el futuro desean recibir.
En la población de adultos mayores con enfermedades crónicas, y en especial en
aquellas personas que padecen un deterioro cognitivo, el establecimiento de un plan
de decisiones anticipadas que incluya tanto los cuidados como los cuidadores
debería alcanzar una fórmula legal que permita al sujeto expresar sus
preferencias tomando el valor de un documento.
Todo esto supone un mecanismo que seguramente no será sencillo ni estará
exento del error, aunque finalmente pueda resultar más positivo por la simple
razón de hallarse más cerca de la decisión individual, preservando con ello
el respeto por la misma a lo largo del curso de la vida.